Rebaja la potencia y retira la superficie mínima e incluye las comunidades energéticas y usos terciarios
El Ayuntamiento de Castelló incorporará nuevas modificaciones a la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para favorecer e impulsar el uso de energía sostenible y facilitar los trámites en la bonificación del IBI rústico. En concreto, el nuevo texto implica rebajar los requisitos para solicitar bonificaciones por instalación de sistemas de energía fotovoltaica para autoconsumo, y agilizar los trámites para solicitar bonificaciones del IBI Rústico en parcelas que estén en explotación agrícola y para las de explotación ecológica. Las modificaciones del nuevo articulado de la ordenanza han sido aprobadas este jueves por la Junta de Gobierno Local.
El concejal de Transición Ecológica, Fernando Navarro, ha destacado que la revisión en la bonificación del IBI por la instalación de placas fotovoltaicas «mejora las condiciones para solicitarla para incrementar la población beneficiaria, a fin de fomentar el autoconsumo energético, reducir la factura de la luz y el impacto ambiental y avanzar hacia una transición energética justa y democrática». «El cambio amplía las condiciones de la ordenanza para optar a la bonificación e incluye los inmuebles que participan en el autoconsumo compartido en comunidades energéticas locales», ha explicado.
Bonificación del 50%
Así, para la bonificación del 50% para las edificaciones en las que se instalen sistemas de energía fotovoltaica para el autoconsumo, y con la pretensión de que su alcance englobe la mayor parte de la población posible y se impulse su utilización, la potencia mínima para poder optar a la citada bonificación se rebaja de 3Kv por cada 100 metros cuadrados de superficie construida a 2Kw, con independencia de la superficie del inmueble, es decir, con la eliminación de este requisito. También se prescinde del límite del valor catastral del inmueble para el acceso a este beneficio fiscal y añade los inmuebles con uso terciario.
Otra novedad a destacar es la incorporación de aquellos inmuebles que formen parte de una comunidad energética local, una figura que permite consumos compartidos a 500 metros a la redonda de una instalación fotovoltaica.
La bonificación se llevará a término de manera progresiva, no pudiendo superar, dentro del 50%, los 350 euros sobre el recibo del IBI. En inmuebles con un valor catastral de 0 a 110.000 euros, se aplicará sin máximo de años hasta recuperarse la inversión de la instalación; en los edificios de 110.000 a 150.000, durante 10 años; hasta 250.000, en 7 años; y en los que superen este último coste, en 5 años.
Por último, la Junta de Gobierno Local ha aprobado una modificación para facilitar la tramitación de la bonificación del IBI rústico prevista en parcelas en producción. Cabe recordar que las actividades de carácter agrícolas cuentan en este mandato con una rebaja del 50%, un porcentaje que crece hasta el 70% en las que promuevan, además, producción ecológica.
En el caso de las parcelas en explotación agrícola, podrán optar presentando los recibos del consumo de agua de riego en meses estivales y no únicamente el cuaderno de explotación agraria, como hasta ahora. En cuando a las explotaciones ecológicas, bastará con la presentación del documento que acredite la solicitud del correspondiente certificado realizada al Comité de la Agricultura Ecológica de la Comunitat Valenciana.